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Nueva normativa de deforestación de la UE a los exportadores, productores, importadores y traders


El Parlamento Europeo ha aprobado una nueva normativa con objetivo de frenar la deforestación mundial. La regulación, cuyas siglas son EUDR (EU Deforestation Regulation), va dirigida a frenar la producción, comercialización, distribución y consumo de productos que haya involucrado degradación forestal.


Para ponernos en contexto sobre la trascendencia de esta ley, debemos destacar que una superficie mayor de la de la UE en su conjunto ha sido destruida por la deforestación en los últimos 30 años. Además, alrededor de un 11% de emisiones totales provienen del sector de la silvicultura y otras actividades forestales, según datos del IPCC (Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático).


Ya no solo esta nueva normativa pretende proteger la biodiversidad y el medio ambiente del cambio climático, sino que también incide en la protección de derechos humanos y de pueblos indígenas como objetivos clave.



¿Qué productos se ven afectados por la nueva normativa antideforestación?


La normativa incluye hasta 7 commodities (insumos) en la lista de productos afectados: soja, ganado (solamente vacuno), aceite de palma, madera, caucho, cacao y café. Como es lógico, esto afectará también a productos derivados, finales y fruto de la transformación de los anteriores, como son por ejemplo los neumáticos, los muebles, el chocolate y el cuero.

El Sistema Armonizado (SA) clasifica cada mercancía y cada producto con un número, el cual se conoce como código arancelario. En el Anexo de la EUDR, se incluye más en detalle qué códigos correspondientes a qué productos y mercancías dentro de cada familia se ven afectados.

La soja, el aceite de palma y la carne de vacuna lideran la lista de los alimentos que más hectáreas de bosques han destruido, especialmente en Latinoamérica y el sudeste asiático.



¿A qué actividad implica la normativa y a quién?


La EUDR afecta a todas aquellas compañías (a las que denomina operadores) que:

  1. Dispongan o coloquen “productos relevantes” (como denomina a los productos antes citados) en el mercado de la UE (Por lo que afecta a productores e importadores).

  2. Exporten productos relevantes desde la UE (Implicando a exportadores y productores).

También incluye a traders, todo agente que:

  1. Distribuya las mercancías en la UE (que ya habían sido colocadas en territorio comunitario).



¿Qué prohibiciones se exponen?


Según la normativa, no se podrán colocar productos relevantes en el mercado de la UE o exportarlos salvo que se cumplan todos los criterios a continuación:

  1. Que se hayan producido en tierras que no hayan experimentado deforestación después del 31 de diciembre de 2020.

  2. Que se hayan producido cumpliendo con la legislación en materia de producción de cada país de origen.

  3. Que hayan sido declarados con una diligencia debida o due dilligence.



¿Qué es la due dilligence y que obligaciones tienen operadores y traders respecto a la normativa?


Es el certificado o declaración clave y obligatorio aplicado a operadores y traders.

  • Los operadores, por un lado, deberán recoger información y evidencias que demuestre que los productos relevantes cumplen con el Artículo 3 de la EUDR (que expone las prohibiciones) y deberá hacerlo durante 5 años posteriormente a la exportación o importación de dichas mercancías. Al menos una vez al año, los operadores deberán revisar el sistema de due dilligence.

  • La documentación requerida incluye: descripción, cantidad, geolocalización y trazabilidad de la producción, datos del proveedor y procedencia, además de documentos probatorios de producción libre de deforestación. Empresas como Coolx cuentan con una plataforma de análisis forestal que ofrece estos datos de geolocalización y análisis de de deforestación, permitiendo a las empresas ver el impacto de sus cultivos vía satélite y ayudándolas a cumplir leyes medioambientales como la EUDR. Las diferentes medidas de evaluación y mitigación de riesgos también son obligación de los operadores, los cuales detallan los Artículos 10 y 11 de la EUDR.

  • Los traders (grandes y PYMES que operen con los productos relevantes), por otro lado, también deberán reunir y compartir información a las autoridades competentes sobre la cadena de suministro en la que participan.



¿Y qué pasa con las PYMES?


Exportadores, importadores y traders de pequeño y mediano tamaño, también deberán acogerse las obligaciones de la due dilligence. No obstante, los requerimientos son algo más laxos. Un ejemplo de ello es que a los operadores que son PYMEs, no se les requerirá la declaración de due dilligence para productos relevantes que ya habían sido sujetos a diligencia debida (toda la información en el Capítulo 2 y en el Artículo 33).

Agentes que no entren en la categoría de PYMEs, como microempresas o personas físicas, también deberán informar anualmente y revisar el sistema de due dilligence.



Criterios de calificación de riesgos de la UE


El Reglamento de Deforestación de la UE establece que la Comisión Europea creará una base de datos de evaluación de riesgos para categorizar los países según el nivel de riesgo de deforestación.

Los operadores que obtengan productos de países de bajo riesgo podrán realizar una diligencia debida simplificada (Artículo 13) mientras que se aplicarán controles más estrictos en países de alto riesgo. Se desarrollará un sistema de información central para recibir declaraciones de diligencia debida de los operadores y facilitar la identificación de envíos de alto riesgo.


¿A qué multas o medidas correctivas se enfrentarían exportadores, importadores y traders?


  • Entre las medidas correctivas (Artículo 24) se incluye corregir cualquier incumplimiento formal, evitar que el producto relevante se coloque en el mercado o se exporte, donar el producto a fines benéficos, entre otras.

  • Las sanciones (Artículo 25) van desde multas proporcionales al daño ambiental y al valor de los productos, así como confiscación de las mercancías, de los ingresos obtenidos con las transacciones y con exclusión temporal (hasta 12 meses) de procesos de contratación pública y de acceso a financiamiento público.


Y por último... ¿cuándo entra en vigor?


La EUDR entró en vigencia el 29 de junio de 2023.

  1. Para la mayoría de las empresas, será aplicable el 30 de diciembre de 2024 (fecha para la cual deberán haber aplicado todos los cambios).

  2. Para las pequeñas y medianas empresas, el 30 de junio de 2025. No obstante, esto solo aplica a productos de madera cubiertos por el Reglamento de la madera de la UE.

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